Régimen informativo de expensas

RESOLUCIÓN GENERAL AFIP Nº 3369

La Resolución General 3369 de la AFIP, publicada en el boletín oficial el día 16 de Agosto de 2012, establece un régimen de información respecto de las expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos, que se determinen y en su caso se abonen durante cada mes calendario, el que deberá ser cumplido por los sujetos que se indican a continuación:

a) Administradores de: "countries", clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados, urbanizaciones privadas, promovidas y financiadas por particulares para instalación de viviendas. Cuando la superficie del bien, incluidos terrenos sin superficie construida, sea mayor o igual a 400 metros cuadrados y el importe de las expensas o, en su caso, gastos determinados por todo concepto resulte mayor o igual a $2.000.

b) Consorcios de propietarios de inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal o administraciones de inmuebles afectados al régimen de prehorizontalidad. Cuando la superficie de los departamentos o unidades funcionales sea mayor o igual a 100 metros cuadrados y el monto de las expensas o, en su caso, gastos determinados por todo concepto resulte mayor o igual a $2.000 en el mes calendario informado. A tal efecto, deberán sumarse los metros cuadrados y el monto que corresponda a cocheras y bauleras.

El cumplimiento del régimen de información se efectúa a través del aplicativo "AFIP DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS - Versión 3.0" que corre bajo SIAP. Haga clic aquí para ir a plataforma de descarga de SIAP

En el corto plazo CONSORCIOS DIGITALES lanzará una aplicación que facilita y automatiza el cumplimiento de esta norma para los Consorcios registrados.

Haga clic aquí para leer la RESOLUCIÓN GENERAL AFIP Nº 3369

OTRAS NOTICIAS:
Nueva liquidación digital de expensas obligatoria - RESOLUCIÓN Nº 408/SECGCYAC/12